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El Instituto Nacional del Emprendedor es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Economía creado el 14 de enero de 2013 por decreto presidencial, al inicio del mandato de Enrique Peña Nieto como parte de su política económica como apoyo a los emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Desde 2004 el gobierno federal creó un fondo especial para el impulso a las micro, pequeñas y medianas empresas conocido como Fondo Pyme que era manejado por la Secretaría de Economía Directamente mediante Reglas de Operación.
El 7 de diciembre de 2012, a pocos días de comenzar su presidencia, Enrique Peña Nieto anunció que como parte del cumplimiento de sus compromisos de campaña se crearía el Instituto Nacional del Emprendedor, en esa misma fecha Enrique Jacob Rocha es designado como nuevo subsecretario de pequeñas y medianas empresas dentro de la Secretraría de Economía. El anuncio presidencial se concretaría con la firma del decreto para la creación de dicho instituto el 11 de enero de 2013 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero siguiente.
El decreto así publicado consistió en la reforma del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía mediante lo cual se modificaba la estructura interna de tal secretaría incluyendo dentro de la misma Instituto Nacional del Emprendedor, tal organismo quedó así regulado en los artículos 57 bis a 57 quáter de dicha legislación reglamentaria. En el primero de dichos artículos se le define jurídicamente de la siguiente manera:
«El Instituto Nacional del Emprendedor es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, que tiene por objeto instrumentar, ejecutar y coordinar la política nacional de apoyo incluyente a emprendedores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en los mercados nacional e internacional para aumentar su contribución al desarrollo económico y bienestar social, así como coadyuvar al desarrollo de políticas que fomenten la cultura y productividad empresarial.»
Artículo 57 bis. Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.

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